Sobre la irracionalidad de algunos “expertos” (Parte 3)
Regresa a la primera parte: Sobre la irracionalidad de algunos “expertos” (Parte 1) Solamente dos días después de haber presentado la denuncia penal de manera presencial ante el juzgado correspondiente, recibí la respuesta, ya estando de vuelta en mi país: se desecha, pues se considera que lo denunciado no corresponde al ámbito del derecho penal, sino administrativo . La resolución judicial admitía un recurso de apelación, por lo que solicité vía telemática la defensoría de oficio ante el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB), ya que en España no se permite la autorrepresentación en este tipo de asuntos. Pero, ¿cómo pude acceder a la defensoría de oficio si la legislación aplicable dice explícitamente que debo estar presencialmente en España para poder solicitarla? Bueno, supongo que el ICAB aplicó finalmente el criterio, después de haberme negado de manera presencial la defensoría hasta en tres (3) ocasiones, y yo haberlo notificado al Consulado de mi país en Barcelona...